Comenzó la veda para la difusión de encuestas electorales
Así lo recordó la Cámara Nacional Electoral (CNE) al difundir el cronograma electoral. Hasta tres horas después de los comicios del próximo domingo no podrán publicarse resultados de encuestas o sondeos de opinión, como tampoco referirse a sus datos. Acá las multas.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) difundió nuevamente el cronograma electoral donde recordó que desde este sábado rige la veda para la difusión de encestas electorales hasta el próximo domingo a las 21 horas. Mientras que, también se recordó que la veda para actos de campaña concluye 48 horas antes de la votación.
“Hasta las 21 horas del 11 de agosto no se podrán difundir más sondeos hasta tres horas después del cierre de los comicios, no podrán publicarse resultados de encuestas o sondeos de opinión, ni referirse a sus datos», recordó la CNE.
Según el artículo 44 de la ley 26.571, ocho días antes de cada elección y hasta tres horas después de su cierre, “ningún medio de comunicación, ya sean éstos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros, podrá publicar” este tipo de relevamientos.
“Los medios de comunicación que incumplan esta disposición podrán ser sancionados con multa del cero coma uno por ciento (0,1%) al diez por ciento (10%) de la facturación de publicidad obtenida en el mes anterior a la comisión del hecho”, señala la norma.
Así entonces, las empresas de encuestas y sondeos de opinión que incumplan las disposiciones recibirán primero un llamado de atención, luego un apercibimiento; después una multa, y por último una suspensión o cancelación de la inscripción en el Registro.
En el mismo sentido, los medios de comunicación y los portales de internet tuvieron plazo hasta la medianoche para difundir encuestas y sondeos de opinión o pronósticos sobre los resultados de las PASO del 11 de agosto, dado que a partir del primer minuto de este sábado comienza a regir la prohibición.