El caso de la denuncia al geriátrico llegó al HCD
Esta mañana ingresó al Cuerpo legislativo un Proyecto de Comunicación solicitando al Departamento Ejecutivo, antecedentes de habilitación de la residencia geriátrica ubicada en calle Cetrángolo entre Brown y Castelli de General Villegas.
También se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que haga entrega de los detalles al Cuerpo Legislativo sobre la fecha del último control realizado por el Municipio a cada uno de los geriátricos de nuestra ciudad, si la cantidad de internados coincide con la cantidad de camas habilitadas, estado de los trámites, de las gestiones realizadas y/o de las instancias administrativas.
El Proyecto cuenta con la firma de los concejales Brime y Castagno integrantes del bloque Movimiento San Martín.
Esta tarde se reúnen en Comisión los ediles y el próximo jueves habrá sesión. Entre las particularidades del caso se destacala reciente sanción de una Ordenanza, luego vetada por el intendente, en la que se multaba con un porcentaje de sus haberes a éste y sus colaboradores mas cercanos en caso de demorar más de lo establecido; por otra parte, lo sensible y grave del caso que ha tenido especial impacto en la comunidad, exigiría una inmediata respuesta por parte del Ejecutivo, sobre todo si se tiene en cuenta que el tema debería estar perfectamente controlado y con todo al día por parte del Municipio.
La redacción del Proyecto
VISTO
Los hechos acaecidos en la última semana en un geriátrico de nuestra ciudad, donde se llevaron a cabo denuncias por malos tratos a abuelos residentes en dicha institución.-
CONSIDERANDO
Que la Ley 14.263 tiene por objeto regular el funcionamiento de los establecimientos geriátricos de gestión pública y privada, con o sin fines de lucro en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.
Que como lo establece el Art 11. La habilitación, categorización y fiscalización de los establecimientos geriátricos será otorgada por la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Que una vez otorgada la habilitación provincial, las municipalidades deberán registrar dicha habilitación, y tendrán competencia concurrente con la Autoridad de Aplicación, en la forma y condiciones que fije la reglamentación, debiendo percibir por parte de los establecimientos geriátricos las tasas por seguridad e higiene.
Que de manera continua escuchamos quejas, y reclamos con respecto a diferentes falencias de geriátricos en nuestra ciudad, de la atención, de la falta de personal especializado, de la infraestructura, etc.
Que debe ser el Estado quien tiene la función de registrar, habilitar, controlar y supervisar los hogares de ancianos privados que funcionan en nuestro Partido, prestando servicios a los adultos mayores.
Que es un deber y una función del Estado Municipal a través del área que corresponda, atender los derechos de los adultos mayores alojados en dichos establecimientos geriátricos, cuidando el bienestar físico y psíquico de quienes se alojan. Y que los titulares responsables de los mismos cumplan con sus obligaciones.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA EL SIGUIENTE PROYECTO DE COMUNICACIÓN.-
ART. 1º Se solicita al Departamento Ejecutivo, Antecedentes de habilitación de residencia geriátrica sita en calle Cetrángolo entre Brown y Castelli.
ART. 2º Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal entregue detalles al Cuerpo Legislativo sobre la «fecha del último control realizado por el Municipio a cada uno de los geriátricos de nuestra ciudad, si la cantidad de internados coincide con la cantidad de camas habilitadas, estado de los trámites, de las gestiones realizadas y/o de las instancias administrativas.
Art. 3º De Forma.-
Bloque Mov. San Martin