PARA TENER EN CUENTA: En América varios jóvenes podrían ser imputados por organizar y participar en picadas
La Ayudantía Fiscal de la vecina ciudad a partir del accidente que se produjo el pasado 13 de Febrero en ruta 33, cuando varios jóvenes realizaban picadas y luego del trabajo investigativo que se realizó, se inició una causa judicial donde podrían ser imputados varios de los participantes de aquella noche trágica.
En la madrugada del lunes 13, Jonatán Villaroel y Genaro Pérez Arriola, fueron los protagonistas de un choque frontal entre motos que dejó a los dos gravemente heridos. Este incidente hizo que se iniciaran investigaciones en el marco de una causa por «lesiones culposas» asentada en la UFI N°1 a cargo del Fiscal Dr. Omar Flores.
Los primeros pasos del trabajo investigativo hicieron que la policía local confeccionara un informe dando cuenta de que el mencionado siniestro podría haber sucedido mientras se realizaban «picadas ilegales», algo que produjo el inicio de otra causa que investiga la organización y participación en competencias ilegales de velocidad sin autorización de la autoridad competente y poniendo en peligro la integridad física de las personas
En esta segunda causa, todos los motociclistas, incluido los que resultaron heridos, podrían ser imputados por ser organizadores o partícipes de las «picadas ilegales», delito que incluye penas de entre 6 meses y 3 años de prisión, según las responsabilidades que determine la Justicia.
Cabe señalar que a partir del 6 de enero de 2017, entró en vigencia una modificación al artículo 193 bis del Código Penal que marca que será penado “el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo con motor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente”. Previamente el artículo hablaba de vehículo automotor, y actualmente de vehículo con motor, lo que permite que las motos también sean incluidas.
Más información
Art. 193 Bis – Antes del 6 de enero de 2017
Será reprimido con prisión de SEIS (6) meses a TRES (3) años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente.
Art. 193 Bis – En vigencia desde el 6 de enero de 2017
Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo con motor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente. (Fuente Rivadavia on line – Foto ilustrativa)