Presentaron en el HCD un Proyecto de Ordenanza para crear la Secretaría de la Juventud
La iniciativa, presentada el 4 del corriente, partió de un grupo de estudiantes que en su gran mayoría se encuentran fuera de la ciudad realizando sus estudios terciarios, algunos de los cuales militan políticamente desde hace un tiempo a esta parte. El escrito, que se reproduce textual a continuación, no refiere explícitamente a ninguna fuerza partidaria, pero cuenta con el acompañamiento del pre candidato a intendente por el Pro, Horacio Lorenzo.
El Proyecto
VISTO:
La necesidad de contar con un Organismo Municipal, encargado de diseñar y motorizar políticas activas para los jóvenes del Partido de General Villegas; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario diseñar políticas que entiendan a los jóvenes como un sector social con necesidades específicas de educación, capacitación, cultura, salud, trabajo, recreación y participación social y política, y como el mejor potencial para la construcción de una sociedad justa;
Que para alcanzar dicho fin, es imprescindible generar políticas que ofrezcan a los jóvenes, verdaderas oportunidades para encontrar un lugar en la comunidad, acorde a sus necesidades, intereses, ideas y capacidad innovadora;
Que en miras a concretar esa iniciativa, resulta conveniente crear en el ámbito del gobierno municipal, un área capaz de asumir el diseño de un Plan Integral de Juventud, a través del cual se coordinan y gestionan todas las propuestas y recursos que se dirigen a los jóvenes, para que tengan a su disposición, los recursos indispensables para facilitar el desarrollo de sus iniciativas y aportar soluciones a sus inquietudes y/o problemas;
Por ello,
SE SOLICITA AL CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EL TRATAMIENTO Y LA APROBACIÓN DEL PRESENTE
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTICULO 1º: Crease en el ámbito de la Municipalidad de General Villegas, la Secretaría de la Juventud.-
ARTICULO 2º: Las normas de la presente Ordenanza se aplicarán a la juventud, de manera independiente a su condición familiar, social, cultural, religiosa, económica, racial, filiación política, identidad sexual o cualquier otra condición personal o de sus padres, representantes legales o tutores, con la finalidad de contribuir al desarrollo integral de los jóvenes, mediante su inclusión social plena al proceso de desarrollo de la comunidad.-
ARTICULO 3º: La Secretaría de la Juventud tendrá como objetivos:
- Promover la colaboración de los distintos ámbitos del gobierno en la gestión de políticas juveniles;
- Fomentar una educación en valores para el fortalecimiento del ejercicio y respeto de los derechos humanos; una educación cívica que promueva el respeto y la participación en democracia; el cumplimento de los deberes individuales, familiares y sociales, y el reconocimiento a la diversidad étnica y cultural;
- Fomentar la comprensión mutua y los ideales de paz, solidaridad, respeto y tolerancia entre los jóvenes;
- Desarrollar programas adecuados de educación sanitaria en todos los ámbitos, a fin de que los jóvenes sean informados y educados para mantener una conducta sexual y una maternidad y paternidad responsable, sana y sin riesgos;
- Implementar programas de reeducación y resocialización para jóvenes involucrados en el uso indebido de drogas, alcoholismo, tabaquismo, así como en la práctica de la prostitución, delincuencia y todas aquellas conductas que comporten riesgos;
- Fomentar la participación organizada de los jóvenes en el proceso de desarrollo social, económico, educativo, político, religioso, deportivo y cultural de la comunidad;
- Programar y ejecutar actividades cuyo fin sea el desarrollo integral de los jóvenes, generando espacios de reflexión, así como acompañar las actividades que los jóvenes promuevan para estos fines;
- Establecer planes y programas para la prevención de factores de riesgo y alteraciones en el desarrollo de los jóvenes.; articulando con el Estado Nacional, Provincial, otros Municipios y ONG, el acceso a programas de atención y rehabilitación, a los jóvenes en situación de riesgo, que les permitan participar plenamente en la vida pública y privada;
- Establecer programas que contemplen especialmente a jóvenes que se encuentren afectados por alguna discapacidad;
- Establecer estrategias dirigidas a la creación y ampliación de las fuentes de trabajo para jóvenes, así como su capacitación, para promover el acceso de los jóvenes a un trabajo digno y remunerado, fomentando el empleo juvenil;
- Promover pasantías laborales en los sectores público y privado;
- Fomentar e impulsar proyectos productivos, la investigación científica y tecnológica, así como la creatividad en la juventud;
- Promover el conocimiento y valoración del patrimonio cultural del Municipio y la cultura encaminada a la conservación, vigilancia y el uso responsable de los recursos naturales;
- Promover el acceso de los jóvenes a las nuevas tecnologías de información y comunicación;
- Desarrollar programas para la conservación del medio ambiente y la biodiversidad;
- Generar programas de becas, estímulos e intercambios académicos regionales, provinciales, nacionales e internacionales, que promuevan apoyen y fortalezcan, equitativamente, el desarrollo educativo de la juventud;
- Facilitar el acceso a servicios y beneficios sociales, que permitan el desarrollo integral de los jóvenes;
- Otorgar reconocimientos y estímulos, a aquellos jóvenes que se han destacado en los ámbitos educativos, culturales, deportivos, científicos y de trabajos sociales, entre otros;
ARTICULO 4°: Las políticas de la Secretaría de la Juventud, deberán ser:
- a) Abiertas: garantizando el acceso a todos los jóvenes, reflejando la diversidad de las realidades juveniles locales;
- b) Participativas: motivando a los jóvenes y sus organizaciones, a ser parte de ellas, garantizando la participación plural y democrática de todas las expresiones sociales y políticas juveniles de las localidades del Partido de General Villegas;
- c) Referentes: brindando espacios donde cualquier joven pueda acudir en busca de información, apoyatura o asistencia que le ayude a resolver los distintos problemas, a través de los recursos que la comunidad y el Estado Municipal, Provincial y Nacional, brinden;
ARTICULO 5º: Al frente de la Secretaría de la Juventud, se desempeñará un Secretario/a designado/a por el Departamento Ejecutivo Municipal, previa convocatoria a consulta popular, dirigida a los sectores juveniles empadronados en el Partido de General Villegas.-
ARTICULO 6º: Serán Requisitos Para ser Secretario/a de la Juventud, tener entre 18 y 31 años de edad y encontrarse empadronado en el Partido de General Villegas.-
ARTICULO 7º: La Secretaría de la Juventud contará con un Consejo Consultivo, integrado por un representante juvenil de cada una de las localidades del Partido y representantes de los establecimientos estudiantiles.-
ARTICULO 8º: Será función del Consejo Consultivo, asesorar al Secretario/a de la Juventud, en la implementación y desarrollo de las políticas juveniles.-
ARTICULO 9º: El Ejecutivo Municipal dictará las normas de Funcionamiento de la Secretaria de la Juventud y la adaptará al Organigrama Municipal Vigente.-
ARTICULO 10º: Facúltese al Ejecutivo Municipal para introducir las modificaciones presupuestarias necesarias, con el fin de lograr la organización administrativa y presupuestaria de la Secretaria de la Juventud.-
ARTICULO 11: Publíquese, archivase y cúmplase.-
Los autores
Leyla Bechara (DNI 38.962.035), Catherine Castillo (DNI 38.363.686), Gonzalo Lorenzo (DNI 38.927.343), Lucía Canaparo (DNI 36.381.785), Aldana Valderrey (DNI 39.291.546), Damián Gutierrez (DNI 37.761.527), Horacio Lorenzo (DNI 14.976.016).
BUENISIMA SUERTE!!!
Lindos pibes, el último está un poco avejentado…
Pasen el numero de telefono de la rubia del medio