El HCD de General Villegas reglamentará las jineteadas y destrezas gauchas teniendo en cuenta los nuevos paradigmas del bienestar animal
La Ordenanza presentada conjuntamente por los bloques de Juntos, Villegas Avanza y El Pueblo Primero, será tratada hoy jueves en la 5° sesión ordinaria; los ediles del Frente de Todos acompañarán al momento de la votación, de acuerdo a lo informado este mediodía a Distrito Interior por las autoridades legislativas.
Si bien no han habido manifestaciones formales al respecto, todo hace pensar que lo ocurrido durante el verano en el Parque Municipal de Villegas donde se llevaron a cabo este tipo de eventos durante el registro de temperaturas, históricamente, altas, motivó esta reglamentación que al ser girada a otros Concejos Deliberantes sería tratada y aprobada de manera simultánea, se extenderá a buena parte del territorio bonaerense. La misma establece su aplicación a los 60 días de su promulgación.
La argumentación expresa que existe «la necesidad de legislar sobre la reglamentación de las jineteadas y destrezas gauchas teniendo en cuenta los nuevos paradigmas del bienestar animal, menciona la Ley Nacional N° 14.346 «sobre penas para personas que maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales,’ sancionada en 27l09l1954 – Promulgada 27ll0l1954, la Ley Sarmiento
N° 2786 «de Protección de Animales» Sancionada 25lTll9gl, la Ley Provincial N’ 10.748: de «Reglamentación de espectáculos de destreza criolla (jineteada)», sancionada en 1989″.
Estas son las razones que nos deben llevar a ser cuidadosos del bienestar de los caballos, se destaca en la redacción del Proyecto que cuenta con un minucioso detalle de lo que está permitido y no a partir de su aprobación.
El articulado definen lo que son las jineteadas y las destrezas criollas, mencionando a éstas como Sortija, Carrera de Tambores,
Prueba de riendas, Aparte campero, Pialadas y enlazadas de vacunos, por lo que se prohíbe expresamente destrezas Gauchas
denominadas la «Pialada de Yeguarizos» y el «Arréglese como Pueda».
También se explican las obligaciones tanto para la organización que deberá contar con diferentes autoridades o responsables y elementos como «ambulancia equina», como para los jinetes, a quienes se los considera deportistas, por lo tanto deberán presentar al momento de la participación en un evento de este tipo y los equinos.
Los Jinetes, para la práctica deportiva de la jineteada, deberán cumplir con los requisitos exigidos para acreditar aptitud médica, incluyendo como mínimo:
a) Examen Clínico;
b) Electrocardiograma;
c) Radiografía de Tórax.
Dicho examen, extendido por hospital público o privado, se actualizará obligatoriamente, anualmente, según el nivel de competencia. La reglamentación dictará las normas a este respecto.
Los equinos deberán presentar óptimo estado físico corporal con un peso mínimo de 400 kg y 3 años mínimo de edad cumplidos.
Los equinos reservados deberán ser mansos de abajo.
No podrán participar los animales que se encuentren en estas condiciones:
a) En gestación y/o en lactancia,
b) Con heridas, no cicatrizadas, en granulación, sangrantes o con riesgos de sangrar y heridas reciente sangrantes.
c) Presenten alguna afectación a su salud que pueda poner en riesgo su integridad física, a criterio del médico veterinario.
La Ordenanza a su vez prevé la forma en que se deberán tratar a los animales haciendo referencia a algunas prácticas y sus consecuencias:
Se deberá evitar recostar y/o apretar al reservado sin jinete.
El sangrado por acción de las espuelas será causa de descalificación del jinete.
Las espuelas serán provistas por la organización del evento, de acuerdo a lo establecido en el reglamento del bienestar animal.
Se prohíbe trabar las rodajas, como así también el uso del bocado en categoría clinas.
Los campos de Jineteada deberán contar con instalaciones adecuadas dentro del marco de reglamentación de SENASA en lo que respecta a Bienestar Animal.
Adecuar los cargadores a las reglas vigentes.
a. Corrales con agua.
b. Sombra, ya sea natural o artificial, en Maromas o donde se aten los equinos.
c. La distancia entre argollas será de 70 cm como mínimo.
Terminado el espectáculo se labrará un acta donde conste lo actuado, donde firmarán: Organizador, Capataces, Veterinario y la persona designada como veedor por el Departamento Ejecutivo.
Una vez tratada y aprobada publicaremos textual la Ordenanza, dado que representa una novedad para una práctica que no solamente se ampara en el entretenimiento, sino en la conservación y difusión de las tradiciones argentinas, sin mencionar el aspecto económico por lo que representa, para su continuidad.
Los espectáculos en los que se involucra animales, como las carreras de galgos, el turf, los circos y ahora las destrezas gauchas y jineteadas han ido y deben aggiornarse a los cambios que la sociedad impone.
Hay que dejar los animales en paz.
Alquilen un toro mecánico!!!
Chau domadas … muchos opinadores
La jineteada es parte de la brutalidad humana hacia los animales. Hay mucha plata en el medio.
Son Décadas
Dios se apiade de nosotros y nos libre de estos legisladores….
Lamentablemente hay algunos que no único que saben del campo, de caballos y de gauchos es lo que vieron en dibujitos animados. Nadie sabe mejor que un paisano para cuidar un caballo. Incluso a la ganadería!!
Espuelas? Pueden sangrar…y? Que harán ante un hecho consumado. Y si mejor los dejan en paz?
Buenos días amigos yo les ago una pregunta y los caballos que faenan en los frigorífico y ai si que hay maltrato animal saben estar todo el día al rayo de sol quebrados lastimados claro de eso nadie dice nada porque los políticos ganan plata en la exportación de carne equina entonces primero arreglemos eso y después sigan con lo demas
Mie… che lo que es no saber de tradiciones y así se hacen llamar Argentinos, son una vergüenza si quieren prohibir nuestras tradiciones, fueron gauchos los que libraron el pais VIVA LA PATRIA