Qué es el «hurto calamitoso», el delito que se le imputa a Avalos
La figura por la que está imputado el sujeto aprehendido en la noche de ayer está prevista en el inciso 2 del artículo 163 del Código Penal, donde se habla del hurto y sus agravamientos, previendo penas de 1 a 6 años de prisión para quienes incurren en ellos. “Cuando el hurto se cometiere en ocasión de un incendio, explosión, inundación, naufragio, accidente de ferrocarril, asonada o motín o aprovechando las facilidades de cualquier otro desastre o conmoción pública o de un infortunio particular del damnificado”, indica dicho apartado del Código.
Los investigadores entienden que Emiliano Avalos (29) se valió de la situación de inseguridad que él mismo provocó en el barrio con su merodeo previo (así lo muestran las cámaras de las inmediaciones), además del aislamiento por la pandemia que vive el mundo y el estado de absoluta vulnerabilidad que se encuentra el anciano por su edad y estado de salud.
La figura del «hurto calamitoso» agrava la pena por tratarse de una acción que se lleva a cabo en un momento extremo como el actual a ello se le debe sumar que Avalo cuenta con un frondoso prontuario.
Su aprehensión no solamente lo expuso una vez mas, sino que lo mostró insensible ante una persona con las características de Moreno a quien engañó y hurtó vilmente, lo que provocó inmediatamente de la población en general que se manifestó en las redes sociales, entre los que se encontraban muchos damnificados por el aprehendido, de acuerdo a lo que plasmaron.
En la mañana de este miércoles comparecería ante el fiscal Dr. Manuel Iglesias a cargo de la UFI N°1 quien podría convertir la aprehensión en detención.